Hace unos días
la Revista Contralínea dio a conocer la estructura de mando del Centro de
Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) en lo que puede ser una de las más
grandes violaciones a la seguridad de la información del Centro en su historia.
El hecho de que se haya publicado ésta información muestra la falta de leyes
que lo eviten así como la falta de sensibilidad por parte de los medios de
comunicación al revelar información que
pueda afectar al Estado Mexicano y poner en riesgo la vida de servidores
públicos.
Nos hemos
acostumbrado a la transparencia de la información del gobierno gracias a la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) y sus equivalentes en los estados. Esta Ley en
su artículo 2 dice que toda la información generada, obtenida, adquirida,
transformada o conservada por las instituciones del gobierno federal es pública
excepto aquella que esté reservada o sea confidencial de acuerdo a lo dispuesto
en dicha Ley. Por ello es que podemos ir
al portal de obligaciones de transparencia del Instituto Federal de Acceso a la
Información (IFAI) para ver los organigramas, los directorios con los teléfonos de los
funcionarios, sus sueldos, la dirección donde despachan, sus correos electrónicos,
etc., de todo el gobierno federal.
La
LFTAIPG también prevé excepciones a la divulgación de información en función, por ejemplo, de si afectan la seguridad
nacional, las relaciones internacionales, la estabilidad financiera o las
averiguaciones previas; esta información puede ser reservada hasta por doce
años. Por otra parte considera como confidencial la información entregada al
gobierno con tal carácter por particulares y los datos personales; esta información no se puede divulgar.
Sin embargo,
donde ha existido más polémica es en definir hasta qué punto se debe dar acceso
a información que puede afectar el funcionamiento del gobierno en temas tan delicados como lo son seguridad
nacional, seguridad pública y defensa
nacional, pues si bien su reserva está
prevista en la LFTAIGP no es fácil
determinar a qué información darle publicidad sin causarle daños al país.
Actualmente el IFAI cuenta con la
comisionada Sigrid Arzt, experta en temas de seguridad nacional, quien es un
factor importante para determinar qué información de seguridad nacional o
pública debe estar reservada. Pero la falta de criterios claros respecto a lo
que se puede o no revelar en estas y otras materias sensibles al estado
Mexicano pueden llegar a hacer que se publique información que no debería ver
la luz pública.
En el
lamentable asunto de la filtración del CISEN, lo que para otras organizaciones es
información trivial, en este caso no lo es. Por ejemplo, revelar quién es el responsable de dirigir las
labores de inteligencia en materia de delincuencia organizada o terrorismo
expone la vida de dichos funcionarios. Aquí
se plantean dos problemas: uno de carácter
interno al CISEN en lo que constituye una falla muy grave en sus sistemas de
seguridad. Otro más de fondo es la carencia de normas claras respecto a lo que
es un secreto de estado y las consecuencias por darlo a la publicidad. Si bien
la Ley de Seguridad Nacional señala cómo deben tratar la información relativa a
esta materia los funcionarios que trabajan en estas instituciones, los medios
de comunicación no tienen restricciones para publicarla.
Por lo que hace
a otros países, España cuenta con la Ley de Secretos Oficiales; en Estados
Unidos la Orden Ejecutiva 13526 regula el manejo de información gubernamental confidencial
y en el Reino Unido el Marco de Políticas de Seguridad proporcionan la
normatividad respectiva. En México no existe algo similar. El Capítulo III de
la Ley de Seguridad Nacional habla de como
debe manejarse la información en esta
materia pero sólo da normas de carácter
general. Además, las violaciones a esta
Ley se castigan por la vía administrativa y no por la penal.
Un aspecto de
los ordenamientos de otros países es que
las personas que tienen acceso a dicha información deben aprobar estrictos
controles de confianza y se les da acceso dependiendo de su necesidad de
conocer dicha información. En México si bien hay controles de confianza no se
ha segmentado el acceso a la información dependiendo de su grado de
confidencialidad.
Los secretos de
estado son necesarios para cualquier gobierno. En México se ha avanzado mucho
por el lado de la transparencia pero no hay prácticamente nada que proteja
adecuadamente los secretos de estado. Es necesario construir el marco legal respectivo que ayude, entre otras
cosas, a prevenir la filtración de información secreta, proteja de amenazas a la seguridad de la información cibernética y evite que los medios de comunicación la publiquen.
También se requiere crear un organismo de seguridad de la información en el gobierno
federal que se encargue de difundir una cultura
de seguridad de la información, tenga capacidad de protegerla, investigue a los
funcionarios que tendrán acceso a ella, cree niveles de confidencialidad en la
información y fije políticas y procedimientos
para su manejo. Este es un tema
pendiente que ante el lamentable caso de la revelación de la estructura de
mando del CISEN es urgente implementar.
Estoy en: www.heraldo.mx/tag/todo-terreno Twitter: @octaviodiazg
Blog: octaviodiazgl.blogspot.com Correo: octaviodiazgl@yahoo.com.mx
No hay comentarios:
Publicar un comentario