18 de febrero de 2019

UN RÉGIMEN ESPECIAL DE RESPONSABILIDADES




Por: Octavio Díaz García de León

     La idea: Los miembros del  Servicio Exterior Mexicano están sujetos a un régimen de responsabilidades administrativas especial. Si bien este régimen está basado en parte en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, difiere de ésta en algunos aspectos. Sería oportuno buscar áreas de mejora a dicho régimen y encuadrarlo dentro del Sistema Nacional Anticorrupción.

    Forman parte del Servicio Exterior Mexicano el personal diplomático del Estado encargado de representarlo en el extranjero y ejecutar la política exterior de México y su trabajo no es nada sencillo.

    Se le asocia con  glamour, fiestas y actividades sociales. La realidad cotidiana es bastante diferente. Expiden documentos tales como actas de nacimiento y pasaportes,  atienden a connacionales en problemas de todo tipo, desde visitarlos en cárceles y hospitales hasta repatriar cadáveres y se promueven los intereses de nuestro país en el extranjero.

    Vivir fuera de México  no es fácil, aunque parezca atractivo y es que no es lo mismo Francia  que Nigeria. Dado que se cambia con frecuencia de país, para las familias de los diplomáticos es muy difícil porque los hijos van cambiando de escuelas y amistades con el desajuste que conlleva y los cónyuges no pueden trabajar en el país donde se encuentren asignados.

     No es fácil pertenecer al Servicio Exterior. Para acceder a él hay que pasar una serie de requisitos, entrevistas y exámenes rigurosos. Para ascender, se aplica un proceso de concursos,  basado en el mérito.

    Llama la atención el que tengan un régimen disciplinario especial. En materia de responsabilidades administrativas no se les procesa y sanciona como al resto de los servidores públicos. Algunas de las características de este régimen  son:

   1.    Su catálogo de faltas administrativas es más grande que el que tiene la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual les aplica también.

   2.    Cuando se identifica que algún miembro del Servicio Exterior cometió alguna posible falta administrativa, el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores, dependiente de la Secretaría de la Función Pública,  investiga el caso.

  3.    De encontrar fundado que se cometió una falta,  se turna a la Comisión de  Personal, la cual,  a través de la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios, determina si es grave o no la falta y en su caso, se encarga de procesar al inculpado.

 4.    En el caso de faltas no graves, una vez terminado el proceso, la Subcomisión cierra la instrucción y emite una propuesta de resolución que se envía a la Comisión, quien a su vez la aprueba o la regresa con observaciones.

 5.    De aprobarse ésta y tratándose de un embajador o cónsul general,  se recaba la opinión del Presidente de la República. Ya con esta información, se le envía  al Secretario de Relaciones Exteriores quien tiene la última palabra para resolver si se incurrió en falta o no y es quien determina la sanción al infractor en todos los casos de faltas no graves.

 6.    En el caso de faltas graves, la Subcomisión integra el expediente del acusado y se envía al Tribunal Federal de Justicia Administrativa quien completa el procedimiento, resuelve y sanciona.

 7.    Las sanciones por faltas no graves que puede imponer el Secretario de Relaciones Exteriores difieren de las contempladas en la Ley de Responsabilidades. Por ejemplo, puede imponer una sanción económica, aspecto que no está contemplado en la Ley de Responsabilidades  y una  destitución a un miembro del Servicio Exterior implica una inhabilitación para volver a pertenecer al mismo, aunque no impide que trabajen en cualquier otro lugar del gobierno federal.

   El  Órgano Interno de Control, se  limita a la investigación de los casos y el resto del proceso lo lleva a cabo la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios, quedando en casa la calificación de la falta, el proceso de sanción de faltas administrativas no graves y una parte del proceso disciplinario de faltas graves.
  
   Este régimen tiene la ventaja de que quienes juzgan las faltas administrativas son funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores quienes conocen la operación del mismo y entienden y valoran mejor las faltas de los miembros del Servicios Exterior.

   En este sentido, deberán ser cuidadosos en no incurrir en posible conflicto de interés al juzgar a sus propios compañeros,  dado que los miembros del servicio exterior suelen tener años de conocerse y podrían tener lazos de amistad.

    Sería oportuno revisar diversos aspectos del régimen disciplinario del Servicio Exterior a fin de darle mayor independencia al proceso y evitar el posible conflicto de interés. También sería conveniente una vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción  para asegurar que los objetivos del Sistema se cumplan también en el Servicio Exterior Mexicano.

    El cuerpo diplomático está formado por personal de muy alta especialización técnica y, salvo casos excepcionales, con personas de comportamiento ético destacado. Sin embargo, siempre habrá áreas de oportunidad para buscar mejoras al sistema disciplinario que los rige.
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8 de febrero de 2019

TRANSPARENCIA PATRIMONIAL




Por: Octavio Díaz García de León

    La idea: Los colaboradores cercanos del presidente López Obrador han abierto al público sus declaraciones patrimoniales las cuales han causado mucha curiosidad. Lo importante será que la información de las declaraciones patrimoniales de todos quienes trabajan en el gobierno  se use para combatir la corrupción y no para satisfacer el morbo de conocer su patrimonio.

   La Ley General de Responsabilidades Administrativas hizo obligatoria la presentación de las declaraciones patrimoniales de los 5 millones de trabajadores del gobierno (Federal, estatal, municipal, poderes ejecutivo, legislativo, judicial y organismos autónomos) desde que entró en vigor en 2017 y éstas deberán hacerse públicas.

   No sucedió inmediatamente pues había que desarrollar los formatos para cumplir esa obligación pero ya fueron publicados el pasado 16 de noviembre por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y entran en vigor a partir de mayo de 2019.

   Estos formatos son mucho más extensos que los todavía vigentes y por lo menos para un segmento importante de servidores públicos, serán muy complejos de llenar y tendrán que proporcionar información excesiva.

   Para la gran mayoría de los empleados de gobierno será una novedad porque antes no tenían que presentarla. Entre ellos, personal sindicalizado, soldados, marinos, trabajadores de base, médicos, enfermeras, etc.

   Habrá que estar preparados para que lo hagan trabajadores del gobierno que no hablan español, sean discapacitados, no tengan acceso a sistemas de cómputo o incluso que no sepan leer, especialmente en municipios y lugares remotos y aislados.

   A lo largo de los años se sobredimensionó la transparencia como un factor importante para disminuir la corrupción. Esto ocurrió durante 14 años a partir del 2002 cuando la calificación de México en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional casi ni se movió, permaneciendo en niveles reprobatorios, lo que demuestra que la transparencia por sí misma no ha tenido impacto en combatir la corrupción.

   Por ello,  el hacer públicas las declaraciones patrimoniales no garantiza que disminuirá la corrupción,  ya que el principal problema que tienen es que contengan información completa y fidedigna.

   No todos los  servidores públicos revelarán todo su patrimonio en las declaraciones, especialmente si algunos de ellos se han enriquecido de sus puestos o bien por miedo a su seguridad o por desconocimiento. (https://octaviodiazgl.blogspot.com/2018/06/obligacion-de-presentar-las-3-de-3.html?_sm_au_=iVV1kk3463ZRW7fH).

   Si bien puede ser un auxiliar en el combate a la corrupción el que la población  conozca el patrimonio de los funcionarios públicos, ya que se puede poner en evidencia cuando los servidores públicos  sean omisos en declarar sus bienes, será necesario tener los mecanismos  para que las denuncias lleguen a buen término.

    Otro aspecto delicado es el respeto a los datos personales, derecho garantizado por la Constitución, el cual podría entrar en conflicto con publicitar esa información ya que se podría afectar  la vida privada de las personas, su seguridad personal y de su familia.

   Lo importante de las declaraciones patrimoniales es el tener la información para que las autoridades competentes puedan investigar con rigor aquellos casos donde no se declaren todos los bienes y cuando los ingresos legales de las personas no concuerden con su patrimonio.

   Estas investigaciones requieren acceso a bases de datos de registros públicos de la propiedad y el comercio, establecer redes de  vínculos para identificar prestanombres, tener acceso a los movimientos bancarios y la información fiscal de los investigados y a las declaraciones de años anteriores.

   Difícilmente podrá hacer esto un ciudadano de a pie,  partiendo de una declaración patrimonial pública. Se requieren conocimientos especializados y acceso a información que no es pública,  como la fiscal,  la bancaria y declaraciones patrimoniales de años anteriores.

   Los retos operativos para echar a andar esta obligación masiva son enormes. Se tendrá que modificar el sistema Declaranet para manejar el mundo de información que se le alimentará y hacer compatible la información de años anteriores para poder hacer investigaciones de evolución patrimonial.

   Adicionalmente, se deberá capacitar a los Órganos Internos de Control para que  realicen las investigaciones de situación patrimonial como lo prevé la Ley, una función que nunca antes han realizado.

   Todo un reto será también el educar a la población para que sean coadyuvantes en el combate a la corrupción y que no usen la información para acusar sin fundamento,  solo por el hecho de que algunos funcionarios tengan un patrimonio importante. Y es que hay segmentos importantes de la población que piensan que el enriquecimiento solo puede darse de manera ilegal, no con el trabajo honesto.

   Habrá que cuidar que dicha información efectivamente se use para detectar actos de corrupción  y no para  alimentar el morbo y afectar la vida privada de quienes trabajan en el gobierno.

   Esperemos que  este gran esfuerzo institucional y de los millones de servidores públicos que tendrán que llenar estos formatos,  presentar estas declaraciones y hacerlas públicas, sirva para combatir la corrupción. Por lo pronto el gabinete del presidente López Obrador, ya puso el ejemplo.
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