15 de junio de 2018

OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LAS 3 DE 3




Por: Octavio Díaz García de León.

    La idea:  Todo servidor público está obligado a presentar sus declaraciones de situación patrimonial, posible conflicto de interés y, cuando aplica, la fiscal. Estaban pendientes de emitirse los nuevos formatos de declaración, pero ya hay una propuesta y pronto todos quienes trabajen para el gobierno deberán presentarlas.  

    El propósito de que todos los empleados de gobierno presenten estas declaraciones es poder detectar enriquecimientos ilícitos registrados en el aumento de su patrimonio y de sus dependientes.

    Si esta información se hiciera pública, en teoría cualquier persona podría verificar si un servidor público vive más allá de las posibilidades que le da su ingreso. Una sociedad vigilante podría detectar estos comportamientos y denunciarlos.

   En la práctica, ni los funcionarios corruptos declaran todo su patrimonio ni la sociedad civil está dispuesta a investigar y denunciarlos. Por ello, esta función la tiene que realizar el gobierno y ya conocemos las dificultades que existen para abatir la impunidad cuando el gobierno se cuida a sí mismo.

    La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) amplió el número de sujetos obligados a presentar las “3 de 3” declaraciones. De esta forma, desde el 19 de julio de 2017, cinco millones de servidores públicos en los gobiernos municipales, estatales, federal, los tres poderes y los organismos autónomos están obligados a presentarla.

    El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción ya entregó una propuesta de formatos de declaración patrimonial y de intereses y las respectivas normas al Comité Coordinador de dicho Sistema, los cuales están en estudio (https://cpc.org.mx/2018/05/31/propuesta-de-normas-e-instructivo-para-el-llenado-y-presentacion-del-formato-de-declaraciones-patrimonial-y-de-intereses/).

    Los servidores públicos se dividen en tres grupos. Cada uno deberá proporcionar diferente información en el formato único establecido. El primer grupo lo constituye todo el personal de confianza. Por ejemplo, en el gobierno federal, los puestos de enlace y jefe de departamento, hacia arriba. Este grupo deberá llenar el formato completo.

     El segundo grupo son aquellos trabajadores cuyas actividades se encuentran en un catálogo de 14 funciones. Por ejemplo, quienes participen en adquisiciones, trabajen en manejo de información de seguridad nacional y los ministerios públicos, entre otros. Este grupo también deberá presentar el formato completo. El grupo tres lo constituyen quienes no caen en los dos grupos anteriores. Estos presentarán solo una parte de la información solicitada en el formato.

    El nuevo formato propuesto contiene 5 apartados, 35 capítulos y 411 reactivos a contestar. En contraste, el formato anterior del gobierno federal contiene 12 apartados y 92 reactivos. Esto da una idea de la complejidad que tendrá llenar el nuevo formato y la cantidad de información que se pretende recabar de todos quienes trabajan en el gobierno.

    Además del reto técnico que representa captar por lo menos 5 millones de declaraciones al año, existen otros retos que deberán enfrentarse: no todos los obligados tienen acceso a computadoras e internet; algunos no hablan español; otros se rigen por usos y costumbres; existe personal con discapacidades; y una porción de ellos podrían ser analfabetas.

   Hay preocupaciones sobre toda esta información que estará en manos de las autoridades federales. Si bien su propósito es combatir la corrupción, no está exenta de que se haga mal uso de ella para afectar a los declarantes.

    Otra preocupación es cuál información de las declaraciones, se hará pública. La propuesta del Comité de Participación Ciudadana es que se haga pública toda la información relevante que se refiere al patrimonio del servidor público. Por ejemplo, en el caso de cuentas bancarias, se publicarían todos los detalles de la misma, tal como saldo, interés, institución donde se encuentra, tipo de inversión, etc.; lo único que se considera confidencial es el número de cuenta.

    Sin embargo, la propia Ley contempla que no deberán revelarse datos de las declaraciones que afecten la vida privada de los servidores públicos. En este sentido, se podría argumentar que la publicidad del patrimonio de los servidores públicos podría afectar su vida privada al exponerlos a ser víctimas de secuestro o extorsión, por lo cual existe la posibilidad de que quienes no quieran publicitar su información, se amparen.  Lo que a nadie se le debe negar es su derecho a hacer pública su declaración patrimonial si así lo desea, tal y como ocurre hoy en día.

    Captar tanta información y luego explotarla para detectar casos de corrupción es una tarea que se ha asignado a las contralorías y órganos internos de control, mismos que a la fecha no cuentan con las capacidades para hacerlo.

   Falta mucho por hacer en materia de declaraciones patrimoniales para que sirvan en el combate a la corrupción.  Lo más importante será cuidar cómo, quién y para qué, use esa información, cuál se dará a la publicidad y cómo se desarrollarán las capacidades para investigar la información proporcionada. Será una gran tarea para la próxima administración federal.
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