24 de octubre de 2020

IMPORTANCIA DEL CONTROL INTERNO

 

Por: Octavio Díaz García de León.

           

    La idea: A veces no se aprecia el por qué es necesario que toda organización cuente con un control interno adecuado. Por no entender esta necesidad ha habido intentos de desaparecer a la Secretaría de la Función Pública, antes de la Contraloría, quien es la responsable del control interno en el gobierno federal. Hoy más que nunca, es necesario fortalecer el control interno en el gobierno para el buen logro de sus objetivos.

     Todo sistema de control administrativo parte de un proceso de planeación que define la visión, misión y los objetivos que se ha propuesto lograr la organización. El sistema de control se asegurará de que la gerencia logre lo que se ha planteado.

     Uno de los elementos centrales del proceso de control es el presupuesto. Este es el enfoque tradicional que hace más énfasis en los aspectos financieros. Sin embargo, existen herramientas como el “Tablero de Control Balanceado o Cuadro de Mando Integral” desarrollado por Kaplan y Norton que permiten supervisar otro tipo de indicadores. Sería oportuno que se retomaran estas herramientas en el gobierno para mejorar su control interno.

    En el Poder Ejecutivo Federal, esta tarea corresponde a la Secretaría de la Función Pública (SFP), encargada de organizar y coordinar el sistema de control interno, la evaluación de la gestión gubernamental y de sus resultados.

    Con su auxilio se pretende asegurar el cumplimiento de los objetivos de las instituciones y su apego a la normatividad que les rige. De acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SFP se encarga de sancionar desvíos de la norma, propone mejoras al control interno, analiza los riesgos de incumplimiento y los administra.

    No es el propósito primordial de la SFP, ni por mandato legal ni por diseño institucional, el combate a la corrupción, como se puede apreciar de las facultades que le da la Ley, sino que dicho combate se da como un producto de su labor de fiscalización e investigación de denuncias.  Con ello, no solo ayuda a mantener el control interno de las instituciones, sino también se convierte en un auxiliar en el combate a la corrupción.

    La corrupción derivada de una falla de control interno es una de las causas por las que las instituciones no cumplen sus objetivos y se ven afectados sus presupuestos y patrimonio, pero no es la única y se debe atender a todas las demás.

    Con el control interno del gobierno federal se busca que las instituciones cumplan sus mandatos y se apeguen a las normas que se diseñaron para que sus servidores públicos no realicen actos arbitrarios, ya que ellos solo pueden hacer lo que les permite la Ley. 

    Por ello, el gobierno trabaja dentro de un marco normativo muy extenso que regula todas sus actividades, con el propósito de cumplir sus objetivos y requiere que todos los servidores púbicos lo cumplan.

    La Ley General de Responsabilidades Administrativas es un elemento clave del control interno. No sanciona actos de corrupción, sino conductas que pueden ser faltas graves o no graves en que incurren los servidores públicos. Quien sí contempla la sanción de actos de corrupción es el Código Penal Federal, a los cuales le toca perseguir a la Fiscalía Anticorrupción.

    El diseño de los órganos internos de control (OIC), que forman parte de la SFP, tiene ese propósito, como su nombre lo indica, de auxiliar a las instituciones en su control interno.  Sus tareas inician con actos de fiscalización para detectar incumplimientos a las normas o para detectar si están cumpliendo con sus objetivos y mediante la recepción de denuncias ciudadanas.

    De detectarse incumplimiento a las normas, se procede a investigarlas para identificar posibles faltas a la de Ley de Responsabilidades. De encontrarse violaciones a ésta, se califican las conductas y se elaboran los informes de presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos.

    Si se trata de faltas graves, se inician los procedimientos sancionatorios para luego turnarlos al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Si se trata de faltas no graves, los OIC desahogan los procedimientos de responsabilidades, resuelven y en su caso, sancionan a los servidores públicos.

   Con estos procesos la SFP y sus OIC ayudan a mantener el control interno del gobierno federal y su tarea es clave para el buen desempeño del gobierno.

   Dado que cualquier violación a las normas es susceptible de ser sancionada, es muy importante que toda la normatividad sea muy racional, que sea mínima, que permita realizar a los funcionarios sus labores; que permita tener una administración ordenada, orientada al buen cuidado de los recursos, al buen desempeño de sus funciones y al logro de sus objetivos.

    El control interno es vital para que exista un buen gobierno, asegurando el cumplimiento del marco normativo. Sin él, se corre el riesgo no solo de que haya corrupción, sino de que las instituciones no cumplan con sus funciones. Es tiempo de aplicar herramientas modernas de control administrativo y reforzar a quienes se encargan de llevarlo a cabo.

            

Twitter: @Octaviodiazg

10 de octubre de 2020

UN FISCAL ANTICORRUPCIÓN NOVOHISPANO

 

“Las leyes son como telarañas que atrapan pequeñas moscas con mucho rigor, mientras que cualquier poder fuerte las rompe.”

Rosenmüller

 

Por: Octavio Díaz García de León.

                        

     La idea: En el siglo XVIII fue nombrado un Visitador por los reyes de España  para combatir la corrupción en la Nueva España. Hoy olvidado, Francisco de Garzarón hizo una gran labor y,  si bien no logró erradicar la corrupción de aquella época, hizo que un buen número de funcionarios fueran condenados por andar en malos pasos.  Hoy sería muy apreciado un Fiscal Anticorrupción como él.

    En su libro “Corrupción y Justicia en el México Colonial, 1650-1755” (https://books.google.com/books/about/Corruption_and_Justice_in_Colonial_Mexic.html?id=NE6PDwAAQBAJ ) el profesor Christoph Rosenmüller  hace un recuento de lo que en aquél entonces se entendía como corrupción y los esfuerzos que se hacían para combatirla.    

   De acuerdo con el autor, la corrupción estaba asociada principalmente con la impartición de justicia y las arbitrariedades que se cometían alrededor de ella. Esto  sigue vigente, pero con algunas diferencias importantes. Por ejemplo, en ese entonces era normal la venta de puestos que se otorgaban sin importar la preparación o capacidades técnicas de los aspirantes, lo cual no era considerado como corrupción.

   Sin embargo, lo que sí se consideraba corrupción era dar  los puestos a quien no tuviera los méritos necesarios. Pero estos méritos no se entendían como ahora, sino que consistían en ser de origen noble, tener sangre “limpia” (no mezclados con otras razas) y gozar de buena reputación.

   Se decía que, si no se tenían esos méritos, era más fácil que los juzgadores se prestaran a malos manejos en la impartición de justicia. En realidad, los nobles sin recursos protegían sus fuentes de ingresos y estaban dispuestos a denunciar como corrupción la asignación de esos puestos a advenedizos, que no eran nobles, pero sí tenían dinero.

    Otro aspecto que difería de nuestro concepto de corrupción es que los regalos dados a cambio de favores eran una práctica aceptable, por considerarse un agradecimiento del favorecido hacia el impartidor de justicia que lo había ayudado. Los regalos eran cuantiosos, pero nadie veía nada malo en ello, sino que se entendía como una cortesía, aunque, desde luego, influían en la decisión de la autoridad que recibía el regalo.

     A pesar de estas situaciones que ahora pueden parecer extrañas, aunque hace poco eran práctica corriente, existía mucha arbitrariedad en la impartición de justicia, de tal forma que se convirtió en un escándalo que llegó a oídos de las más altas autoridades en España, a finales del siglo XVII y principios del XVIII. El sistema permitía que las denuncias fueran recibidas y escuchadas,  pero no se hacía lo suficiente para castigar a los transgresores.

     Es así como el rey Felipe V,  la reina Isabel Farnese y su ministro principal Giulio Alberoni,  deciden enviar una visita general  orientada  a reformar el sistema judicial de la América hispana y para ello nombraron a un Visitador. Una especie de fiscal anticorrupción que tenía por misión atender las numerosas denuncias que se recibían y castigar a los culpables.

  Para ello nombran al Visitador General Francisco de Garzarón Vidarte quien inicialmente llegó a la Nueva España como Inquisidor de la Santa Inquisición.

   Originario de Pamplona, estudió en la Universidad de Sigüenza derecho canónico e hizo carrera eclesiástica. Todavía le tocó como inquisidor realizar quizá el último Auto de Fe realizado en la Nueva España,  donde un fraile herético fue quemado vivo en la hoguera.

    A los reyes les gustaba escoger inquisidores para realizar visitas generales, porque “conocían bien el procedimiento de investigación, recopilación de evidencias, interrogar a sospechosos y evaluar su testimonio”. Así el Visitador interrogó a cerca de 700 testigos y, como resultado de su Visita General, Garzarón suspendió a 13 de los 19 jueces y fiscales y a 156 funcionarios entre 1719 y 1723.

   A pesar de los trescientos años que nos separan de dicha Visita, algunas lecciones útiles se podrían extraer de la actuación del Visitador General Garzarón. Estas son: se nombró a un Visitador General con total independencia y autoridad sobre las autoridades locales, pues estaba por encima del Virrey y, por tanto, le podía pedir cuentas.

    Se apoyaba en la voluntad política de los reyes para acabar con los abusos; tenía la capacidad técnica de inquisidor que le permitía allegarse de pruebas y elementos para llegar a la verdad; contaba con la capacidad jurídica necesaria para llevar a buen término las sanciones para condenar a los jueces y funcionarios corruptos, a pesar de la complejidad jurídica que había en esa época. Era una persona con la dedicación, honradez, integridad y reputación que le permitía llegar al fondo de los asuntos sin corromperse ante las dádivas que le ofrecían.

    Ojalá algunas de estas lecciones se pudieran aprovechar ahora para combatir la corrupción a fondo. No se puede revivir al inquisidor Garzarón pero sí se puede aprender mucho de su actuación.

 

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