27 de septiembre de 2021

CORRUPCIÓN EN COMPRAS PÚBLICAS

 


   La idea: Recientemente el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) publicó su Índice de Riesgos de Corrupción (IRC) en materia de compras públicas. Este índice y el estudio que lo respalda constituye una buena herramienta para combatir la corrupción. Ojalá las autoridades responsables analicen estos hallazgos y tomen cartas en el asunto.

 El estudio realizado por el IMCO es muy exhaustivo pues analizó medio millón de procesos de compra entre 2018 y 2020 que representan un monto de 1.18 billones de pesos. Para construir el índice lo hizo en base a tres grandes rubros: favorecer licitaciones públicas (Competencia); cumplir con obligaciones de transparencia (Transparencia); y cumplimiento con la Ley (Legalidad).

 El resultado más relevante de este estudio fue que “entre 2018 y 2020 aumentó el riesgo de corrupción en las compras públicas en 147 de 247 instituciones federales (59%) por la falta de competencia, poca transparencia e incumplimiento de la ley.”

 Algunos aspectos del estudio del IMCO y que podrían ser materia de una reforma a la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) son los siguientes:

 Artículo primero. El artículo primero de la LAASSP prevé diversas excepciones para la no aplicación de esta Ley. La utilización de las excepciones que plantea este artículo dio origen al mecanismo de la “Estafa Maestra”. Esto sucedió al utilizar instituciones públicas de educación superior, las cuales no tenían la capacidad para proveer bienes y servicios o realizar las obras públicas para las que fueron contratadas. Por ello, estas instituciones a su vez subcontrataron dichas adquisiciones, en algunos casos en violación a las limitaciones que fija dicho artículo y en otras, en abiertos actos de defraudación. El año pasado se reformó dicho artículo con el único propósito de dar entrada a las compras de insumos médicos vía la UNOPS , lo cual también representa un riesgo de corrupción por la opacidad de estas adquisiciones y porque dicha institución no cumple con las leyes mexicanas. Esta reforma está siendo analizada para su posible invalidación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 Adjudicaciones directas. Con la información que tiene el IMCO valdría la pena realizar un análisis de las causas de excepción a la licitación invocadas por las instituciones del gobierno, para diferenciar el riesgo de corrupción. Por ejemplo, se ha abusado de las excepciones por razones de seguridad nacional, pero, por otra parte, algunas otras permiten atender emergencias por lo que sería importante no eliminarlas. Cualquier reforma a la LAASSP se debería consultar con quienes la operan y la fiscalizan, para evitar problemas de implementación como las que se ha dado, por ejemplo, con la Ley General de Responsabilidades Administrativas que se diseñó sin tener suficiente conocimiento de su operación y ha resultado ineficaz.

 Invitación a cuando menos tres.   Esta modalidad presenta riesgos de corrupción similares a la de adjudicación directa. Se suele usar para disimular la adjudicación directa al estar predeterminado quien va a ser el proveedor adjudicado. Incluso se dan casos de empresas que solo dan cotizaciones sin tener intención de ser proveedores para simular el procedimiento, ya sea a cambio de un pago o con el compromiso de ser adjudicadas en la próxima adquisición.

 Licitaciones públicas. Este mecanismo es más transparente y bien aplicado reduce riesgos de corrupción, pero también se dan muchos casos de licitaciones dirigidas o amañadas.  Una manera de detectar esta situación es analizando las inconformidades que presentan los proveedores y ver como resuelve al respecto la Secretaría de la Función Pública. Hay otros casos en donde simplemente se niegan a participar los proveedores en la licitación porque saben que no resultarán ganadores y esto se detecta al saber quiénes piden acceso a las bases y quienes finalmente participan. Se dan casos en que pocas empresas, a veces solo una, participan en las licitaciones porque las demás prefieren no ser comparsas de procedimientos dirigidos.

 Del estudio del IMCO resulta muy importante que todos los incumplimientos a la ley detectados en este estudio sean denunciados a la Secretaría de la Función Pública y a las contralorías internas de los organismos autónomos, quienes tendrán la obligación de investigarlos para, en su caso, sancionar a los funcionarios públicos.

 En el caso de la UNOPS habría que pedir a las autoridades que la contrataron, soliciten que se transparentan las adquisiciones que ha realizado. También que reconsideren la contratación de este organismo ya que podría contravenir el artículo 134 de la Constitución, resulta demasiado caro y no se justifica, pues desde hace décadas que existe en el gobierno capacidad para realizar las compras de insumos médicos a nivel internacional.     

 En un futuro también sería conveniente incluir en el Índice de Riesgos de Corrupción al Poder Legislativo, al Poder Judicial y continuar el trabajo realizado por el IMCO en las entidades federativas pues en estos casos también existen altos riesgos de corrupción.

 Es de agradecer al IMCO que realice este tipo de estudios para ayudar a combatir la corrupción por ser un problema que daña la competitividad del país al generar   distorsiones en los mercados.

13 de septiembre de 2021

REVOCACIÓN DE MANDATO

 

Por: Octavio Díaz García de León

 

    La idea: Ya que se aprobó la Ley de Revocación de Mandato es tiempo de ver algunas posibles implicaciones, tal como quien asumiría la presidencia en caso de que se le revocara el mandato al presidente López Obrador, para estar preparados ante esa posibilidad.

    La administración del presidente López Obrador está impulsando una práctica inédita en nuestro país:  la consulta popular. Los primeros dos ejercicios significativos son la consulta para enjuiciar a expresidentes y la revocación de mandato.

    Estas consultas que algunos califican como inútiles, especialmente en el primer caso pues cumplir la Ley no debe someterse a consulta, plantean retos a considerar.

    La consulta para enjuiciar a expresidentes, que en realidad tenía una pregunta más vaga que no mencionaba a exmandatarios, pero cuya intención era juzgarlos por quien sabe que delitos, llegó, pasó y no ocurrió nada. Aún si se hubiera alcanzado el mínimo requerido para ser vinculante y se hubiera votado por el sí, no quedaba claro que seguía.

    Los partidos de oposición quizás erraron la estrategia. Hubiera sido más efectivo sumarse a la exigencia de que cualquier funcionario público que no cumpla con la Ley sea enjuiciado y sancionado. Hubiera sido mejor apoyar la consulta y una vez lograda su validez, formar una comisión anticorrupción multipartidista para juzgar a cualquier funcionario de esta o de pasadas administraciones que hubiese violado la ley, siempre y cuando no estuvieran prescritos los delitos y las faltas administrativas.

    Quizá perdieron una oportunidad importante para unirse a las grandes mayorías que desean acabar con la impunidad y juzgar a los delincuentes, sin importar a que adiminstración pertenezcan.

    La siguiente consulta es la de revocación de mandato. Al aprobarse la Ley respectiva, una vez que se cumplan los requisitos que allí se señalan, el siguiente paso será que el Instituto Nacional Electoral organice las votaciones. Seguramente el INE lo hará con la eficiencia que lo ha caracterizado como lo demostró recientemente en las elecciones de junio y con la consulta para enjuiciar a expresidentes. La consulta  sobre revocación de mandato será tentativamente el 27 de marzo de 2022.

    Lo que sigue ahora es prever uno de los posibles escenarios, esto es, quien va a sustituir al presidente López Obrador si la votación resuelve que se le revoque su mandato.

    No es mi intención aquí señalar si esto tiene posibilidades de ocurrir. Lo que es importante es prever todos los escenarios y estar listos por si ocurre. Si la votación decide que continúe el presidente en funciones, pues no hay mucho más que hacer. Pero en el otro escenario, en caso de que se le revocara el mandato, habrá que decidir quién lo sustituya.

   ¿Qué dice la Constitución al respecto? Dice que, en caso de revocación de mandato, será presidente de la República provisionalmente quien sea presidente del Congreso, en este caso, el presidente de la Cámara de Diputados. Actualmente dicho cargo lo tiene el diputado de MORENA Sergio Carlos Gutiérrez Luna.

   Dentro de los 30 días siguientes deberá nombrarse presidente sustituto para concluir el periodo del presidente López Obrador. Para ello el Congreso deberá constituirse en Colegio Electoral con las dos terceras partes de quórum de ambas Cámaras y elegirlo por mayoría absoluta (50% más un voto).

    Para ser elegido por el Congreso presidente, se debe cumplir con los requisitos del Art. 82 de la Constitución. Los candados más relevantes para cualquier aspirante son: no puede estar en el servicio activo del Ejército seis meses antes de la elección y no ser secretario, subsecretario, Fiscal General de la República, gobernador o Jefe de Gobierno de la CDMX también seis meses antes de la elección. De mantenerse las fechas previstas, nadie que ostente esos puestos a partir de noviembre de 2021 podrá ser elegido presidente sustituto.

   Hoy en día ningún partido político tiene mayoría, así que la elección de presidente la deberán determinar dos partidos por lo menos.  Lo interesante será entonces a quien elegirán presidente sustituto y allí se abre la baraja a muchas posibilidades. Por ejemplo, cualquier legislador podría serlo y allí entrarían personajes como Ricardo Monreal, Mario Delgado y Olga Sánchez Cordero, sin descontar a otros morenistas destacados. Sería interesante saber a quién tiene preparado para ese cargo MORENA, como partido mayoritario, y si será capaz de convencer a otros partidos de votar por su candidato para lograr la elección en el Congreso.

   Esta revocación de mandato, en caso de que se apruebe, será un reto desde el punto de vista legal pues está por determinarse la validez de la aplicación retroactiva de esta disposición al presidente en funciones. También desde un punto de vista político, pues habrá un presidente provisional y luego un presidente sustituto, situación que no ocurre desde los años treinta del siglo pasado.  

   Estamos transitando terrenos desconocidos, para lo cual habrá que estar preparados y los partidos políticos tener previsto quien sería presidente sustituto en caso de ser necesario.