7 de diciembre de 2013

POR UN SISTEMA INTEGRAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS PARA MÉXICO



1.    Introducción

Los procesos de rendición de cuentas forman parte de los sistemas de gobernanza de un país, o para el caso, de cualquier institución pública o privada.  Entiendo  la gobernanza en un país como la capacidad de su gobierno para llevar a cabo las tareas que las leyes les encomiendan con un enfoque  de honestidad, eficacia y eficiencia. En México la gobernanza  aún no se ha desarrollado como el país requiere. Esto se puede apreciar en las mediciones que el Banco Mundial realiza sobre este tema y las cuales lo sitúan a la mitad de la tabla de los países que mide dicha institución. Estudios del propio Banco Mundial han demostrado una alta correlación entre la gobernanza y el desarrollo de los países. Lo que ha encontrado dicho Banco  es que de nada sirve otorgar recursos a una nación si no tiene los mecanismos para hacer buen uso de ellos y evitar que se pierdan, por ejemplo, en actos de corrupción. El objetivo de este trabajo es analizar solo uno de los factores que contribuyen a la buena gobernanza de un país. En este caso la rendición de cuentas. Por ello y por las limitaciones de espacio,  me concentraré principalmente en los requerimientos de rendición de cuentas del poder ejecutivo federal y proporcionaré  un esbozo de la problemática y posibles mecanismos de rendición de cuentas en los tres poderes y en los tres órdenes de gobierno. El poder ejecutivo federal es el que actualmente cuenta con los mejores sistemas de rendición de cuentas pero aún allí existen importantes áreas de oportunidad en este ámbito. Por su parte los poderes Judicial y Legislativo federales cuentan con pocos mecanismos de rendición de cuentas y por lo que respecta a  estados y municipios, sus carencias son también importantes. La Auditoría Superior de la Federación (ASF), ante la desaparición de la Secretaría de la Función Pública (SFP) federal,  tiene ahora en sus manos un papel muy relevante para impulsar este y otros temas que en su momento impulsó dicha Secretaría y para ello quizá tenga que reformarse su marco legal para llenar los huecos de responsabilidad que ésta desaparición ha ocasionado. Por lo pronto la rendición de cuentas debería ser una prioridad del gobierno para lograr el consenso social y el apoyo que requiere su  actuación no solo a través de informar acerca de los resultados de la gestión pública,  sino exigiendo cuentas a los funcionarios responsables de implementar los mandatos legales a su cargo.

2.    Gobernanza

Es necesario situar a la rendición de cuentas en el contexto más amplio del que proviene. Esto es, como parte de un sistema de gobernanza. Toda institución  privada o de la administración pública requiere cumplir con mejores prácticas de gobernanza a fin de poder garantizar a sus “grupos de interés” que los directivos de las instituciones cumplan con los propósitos y fines de  su organización tal y como han sido establecidos por las autoridades competentes, de una manera eficaz, eficiente  y honesta. En la iniciativa privada estos grupos de interés son, desde el punto de vista interno: empleados,  gerentes y propietarios;  externo: proveedores, sociedad,  gobierno, acreedores y  clientes. En una institución de gobierno, los grupos de interés internos serían  empleados y   directivos, mientras que  los externos serían la sociedad que se beneficia de sus acciones y los ciudadanos que eligen a sus gobernantes.   El Banco Mundial desde 1996 ha venido construyendo  su Índice de Gobernanza Mundial mediante seis indicadores con el propósito de medir la gobernanza. Estos son:

 1. Voz y rendición de cuentas.

2. Estabilidad política y ausencia de violencia.

3. Efectividad del gobierno.

4. Calidad regulatoria.

5. Imperio de la Ley.

6. Control de la corrupción.

 Como se puede observar, la rendición de cuentas es uno de los elementos que utiliza el Banco Mundial para medir la gobernanza. En las mediciones que ha realizado dicha institución  desde 1996  podemos ver cuál ha sido el desempeño de nuestro país en relación al resto de los países del mundo que mide el Banco, en particular del indicador llamado  “Voz  y Rendición de Cuentas”. Como podemos observar en la gráfica, hubo un máximo en 2004 y a partir de allí disminuyó siendo el peor año 2007 con un repunte en los últimos cuatro años.   En términos generales México ha permanecido  un poco por encima de la media del resto de los países evaluados desde el año 2000. Esto no es alentador ya que el mismo Banco Mundial considera que para que el país tenga un desarrollo adecuado, se requiere contar con estos mecanismos de gobernanza que permitan realizar mejor las tareas de gobierno.

POSICIÓN DE MÉXICO CON RESPECTO A LOS DEMÁS PÁISES

INDICADOR “VOZ Y RENDICIÓN DE CUENTAS”

 

 

 

 

3.    Rendición de Cuentas.

Como ya comenté, un elemento relevante de la gobernanza es la rendición de cuentas. Una definición[1] de la rendición de cuentas,  o como se conoce en inglés “accountability”,   es que “a los directivos de cualquier organización se les hace responsables por llevar a cabo una serie de deberes a la vez que cumplan con las reglas y estándares aplicables a sus puestos.” Otros autores[2] plantean que la definición de este concepto es difícil y confusa. No solo este concepto sino también el de transparencia,  gobernanza y combate a la corrupción, como veremos más adelante. Estos autores definen el concepto así: “Rendición de Cuentas: describe la esencia de la relación entre el gobierno y sus gobernados; a mayor rendición de cuentas, mayor la respuesta del gobierno a las necesidades y expectativas del público al que sirve. Los esfuerzos para aumentar la rendición de cuentas se basan en la transparencia así como en otros insumos tales como la voz ciudadana, capital social, y procesos democráticos.” Otra definición es la de José Antonio Crespo[3] quien dice que “el principio de la rendición de cuentas busca conciliar el interés colectivo con el interés particular de los gobernantes” y luego cita a “El Federalista”, libro que recoge los documentos de los fundadores de la nación Estadounidense y que reúne diversos ensayos en donde defienden el principio del federalismo que fue incorporado en la Constitución de dicho país. Crespo extrae de allí el comentario de que la responsabilidad gubernamental consiste en hacer cumplir la ley y hacerlo de una manera eficaz.  

Un aspecto teórico que ha sido incorporado a la discusión del porqué es necesaria la rendición de cuentas es el problema  Agente-Principal que fue desarrollado por economistas para explicar la asimetría de la información que existe entre los propietarios y los administradores  de una empresa. Esta situación se da cuando  un grupo de accionistas (Principal) delega en administradores o gerentes  (Agente) la administración de una empresa y surge conflicto entre ellos cuando los objetivos de unos y otros difieren: los propietarios desean maximizar sus ganancias y los administradores buscan maximizar su propio beneficio; esto ocasiona el conflicto entre los objetivos de ambos  ya que los administradores pueden sacar provecho para su beneficio  de la información que poseen acerca de la empresa, misma que los propietarios pueden no tener por no estar involucrados en el manejo diario de la misma. Este modelo se ha llevado a la administración pública en donde los ciudadanos (Principal) asignan la responsabilidad de gobernar a una serie de funcionarios  (Agente) y entonces  es del interés de los ciudadanos asegurarse que estos funcionarios, en lugar de perseguir sus propios intereses, cumplan con las tareas que les fueron encomendadas. En este sentido podríamos considerar que la rendición de cuentas es el proceso  en el cual los funcionarios públicos explican a los ciudadanos como han cumplido su mandato legal y asuman las consecuencias  por no hacerlo adecuadamente.  El tema de las consecuencias es muy importante porque sin ellas no hay incentivos para conciliar el interés particular con el interés superior de los ciudadanos, dando pie a la desviación en la consecución de los objetivos que lleven al bien común. El costo, como menciona Crespo, de no tener mecanismos adecuados de rendición de cuentas, llevaría a un país al extremo de una revolución como único medio para quitar a un mal gobernante, mientras que si las instituciones democráticas funcionan adecuadamente y existe una rendición de cuentas eficaz, esto permite remover al mal gobierno de una manera pacífica sin tener que recurrir a una revolución. Un ejemplo de como sí funciona la rendición de cuentas en el marco de una democracia fue el del Presidente de Estados Unidos, Richard Nixon, que cometió serios abusos en el ejercicio de su poder y que antes de someterse ante el Congreso de su país a un juicio de destitución,  prefirió renunciar a su cargo en 1974.

Como ya se ha mencionado, esta  dificultad para definir conceptos  tan complejos, ha causado confusión. Algunos de ellos se utilizan indebidamente de manera intercambiable. Esto es,  a veces se equipara transparencia con combate a la corrupción o transparencia con rendición de cuentas. Aunque es indudable que estos procesos están concatenados y se apoyan los unos a los otros, es necesario establecer las diferencias. Por ello me gustaría hacer algunas precisiones sobre estos aspectos y describir lo que propongo llamar “Cadena de rendición de cuentas”. Además, es necesario introducir en  esta Cadena un concepto nuevo pero necesario para que se dé un proceso de rendición de cuentas apropiado.  La “Cadena de rendición de cuentas” entendida como pasos eslabonados de un proceso quedaría entonces como sigue:

LA CADENA DE RENDICIÓN DE CUENTAS

1.                  Transparencia o acceso a la información pública gubernamental. Es un derecho que garantiza a la población el acceso a documentos en posesión del gobierno. Requiere archivos bien organizados y debe garantizar la protección de datos personales y secretos de estado.

2.                  Comparecencias en foros públicos. Contempla el que el funcionario exponga su actuación en foros públicos ante todo tipo de audiencias y su exposición requiere de que exista transparencia en la información y posibilidad de verificarla.  

3.                  Capacidad de  análisis de la información. Consiste en poder entender el quehacer de los servidores públicos, sus decisiones, actuación y resultados con capacidad para analizar sus documentos y juzgar sus actuaciones. Requiere de transparencia y los mecanismos de información a los ciudadanos por parte de los servidores públicos.

4.                  Responsabilidades de los servidores públicos. La actuación de los servidores públicos debe estar acompañada de un sistema de  consecuencias en caso de incumplimiento de sus obligaciones y que consiste en someterlos a un proceso administrativo o en su caso penal, dependiendo del carácter de los mismos. Si bien en la iniciativa privada el premio al buen desempeño es un componente muy importante del sistema de incentivos, en la administración pública no se contempla algo similar. Esto puede deberse a que, en la tradición Juarista que hemos heredado, el trabajar en el gobierno como funcionario es un  servicio público,  en el cual dicho funcionario se hace acreedor  solo a lo estrictamente indispensable para satisfacer sus necesidades y su premio debería ser solo la satisfacción del deber cumplido. Si bien esto en parte debe ser así y los puestos públicos no son  lugares para enriquecerse,  lo cierto es que desde un punto de vista gerencial y de motivación, deberían existir también  sistemas de incentivos positivos para quienes trabajan en la administración pública.

 

La “Cadena de Rendición de Cuentas” que he presentado reduce los espacios para la actuación inapropiada de los servidores públicos orientándolos a comportamientos que de manera eficaz y eficiente cumplan con los resultados que les han sido encomendados,  fomenta la discusión pública informada y documentada sobre el quehacer gubernamental  y ayuda a combatir la corrupción.

Nuestro país tiene grandes avances en materia de transparencia y acceso a la información, sobre todo en el poder ejecutivo federal; en menor grado en los poderes ejecutivos estatales y en los  poderes legislativo y judicial de los tres órdenes de gobierno. Hay avances en materia de rendición de cuentas como veremos más adelante, pero una de las grandes deficiencias que se tienen hoy en día lo constituyen la capacidad que tiene la sociedad para analizar la información gubernamental y por lo tanto para poder tener una rendición de cuentas con interlocutores que puedan cuestionar y aportar ideas a los informes que  proporcionan los funcionarios del gobierno. También existen  limitaciones en la asignación de responsabilidades a los servidores públicos, por falta de una fiscalización más adecuada y por la dificultad para reunir los elementos necesarios que requieren los procesos administrativos de responsabilidades y los penales. A ello contribuye en ocasiones la falta de independencia de los organismos fiscalizadores. Si funcionase adecuadamente esta Cadena y sus cuatro elementos,  la transparencia y el acceso a la información, los foros públicos para que comparezcan los funcionarios responsables, la capacidad de análisis y el sistema de responsabilidades,  se podría mejorar la rendición de cuentas.

 

 

4.    El marco legal de la cadena de rendición de cuentas.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé en diversas disposiciones un marco para la rendición de cuentas. Si bien el alcance de estas disposiciones pudiera parecer limitado, existen aspectos importantes  en este sentido.

 

4.1.  Transparencia y acceso a la información.

El  artículo 6 de la Constitución tiene por objeto  garantizar la libertad de expresión,  el acceso a la información pública gubernamental,  garantizar la protección de datos personales y la obligatoriedad de los sujetos obligados de mantener archivos que faciliten el acceso a la información.

 

4.2. Foros de comparecencia y revisiones de actuación.

El artículo 74 cuyo objetivo es determinar las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados dice que “en lo que respecta a la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación…”,   se contempla que  debe  “comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos…”  y en el caso de que se solicite ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá comparecer  “en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven”.  Otro aspecto muy relevante es la facultad de la Cámara de Diputados, a través de la entidad de fiscalización superior de la Federación  (ASF) para “…revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas”. Asimismo, “…si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley”. En el caso de la revisión del cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos.  En cuanto a las atribuciones que la Constitución otorga a la ASF es importante destacar que  tendrá a su cargo: “Fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales.” También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica.

Por lo que respecta a las obligaciones de rendición de cuentas del Poder ejecutivo, la Constitución en su artículo 93,  mandata que  “… los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos. Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.” Por otra parte en el mismo artículo se contempla que  “Las Cámaras…, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria…”. Asimismo,   “…las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito... “

 

 

 

4.3.  Responsabilidades de los servidores públicos.

 El artículo 74 también prevé que la Cámara de Diputados  podrá “Declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito en los términos del artículo 111 de esta Constitución”.  Asimismo podrá  “Conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos a que se refiere el artículo 110 de esta Constitución y fungir como órgano de acusación en los juicios políticos que contra éstos se instauren.”  Por su parte “… la entidad de fiscalización superior de la Federación rendirá un informe específico a la Cámara de Diputados y, en su caso, fincará las responsabilidades correspondientes o promoverá otras responsabilidades ante las autoridades competentes; también deberá “… determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de la Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales.”  Así pues la ASF tiene la facultad no sólo para revisar la cuenta pública y el desempeño de los entes auditados sino también para sancionar o promover las sanciones correspondientes en los casos que así lo ameriten.

 Por lo que respecta a las responsabilidades de los servidores públicos, es decir las consecuencias que deben asumir en caso de incumplimiento de sus mandatos, la Constitución dedica el Título Cuarto para determinar lo referente a las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado. El artículo 108 dice que Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.” Asimismo  Los Gobernadores de los Estados, los Diputados a las Legislaturas Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales y, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.”  En el artículo 109  se determina queEl Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad”. El artículo 110 menciona que “… las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.” Finalmente el artículo 113 dice que “Las leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores públicos, determinarán sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad.” y “... La responsabilidad del Estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes”.

 

5.    Carencias y problemática.

 

5.1 .  Gobierno Federal.

Poder Ejecutivo. Como ya hemos visto  la Constitución prevé que los titulares de las dependencias, los titulares de los organismos constitucionalmente  autónomos y los titulares de las entidades comparezcan ante el Congreso. Sin embargo las comparecencias de estos servidores públicos en el Congreso no necesariamente llevan a consecuencias por el desempeño o por las acciones analizadas. Como hemos visto, para que exista una rendición de cuentas eficaz se requieren consecuencias y no existe ningún caso documentado en el pasado reciente de que el Congreso haya promovido la destitución o acusación a alguno de estos funcionarios por razón de su desempeño. Otra deficiencia es que fuera de los funcionarios antes mencionados que responden ante el Congreso, el resto de los funcionarios gubernamentales sólo responden ante  sus jefes y no ante los ciudadanos.

Poder Legislativo. Los diputados y senadores deben rendir cuentas a sus electores quienes  deberían poder reclamarles su actuación. Desafortunadamente la imposibilidad de reelección no incentiva el que los legisladores rindan cuentas. Por el contrario, salvo por delitos graves, no hay manera de que los legisladores tengan consecuencias en su actuación. Tampoco se someten a leyes de transparencia. En todo caso responden a sus dirigencias partidistas  lo cual no necesariamente coincide con el interés público.

Poder Judicial. Sus decisiones no siempre son entendidas o aprobadas por los ciudadanos ya que por su naturaleza el propio Poder Judicial es la última instancia en su materia y  no están sujetos a opiniones externas a ellos, aunque se pida parecer en temas con dificultad técnica. En cuanto a su gobierno interno obedecen a sus propias reglas.  Por ejemplo su contralor es nombrado por el propio Poder Judicial. Asimismo no hay quien revise la actuación de la Suprema Corte desde un punto de vista de desempeño institucional sustantivo. Solamente la ASF puede revisarla desde el punto de vista presupuestal. Existen carencias en aspectos tales como transparencia, combate a la corrupción, eficacia y eficiencia.  En la página de internet del Consejo de la Judicatura se presentan por ejemplo,  indicadores de desempeño, pero  no se muestran las metas ni se prevén consecuencias ante posibles incumplimientos de las mismas.

5.2.   Estados y Municipios

La rendición de cuentas en estados y municipios es aún más limitada que en el ámbito federal. Rebasa los alcances de este trabajo abundar en ello pero ciertamente las mayores áreas de oportunidad se presentan en estos ámbitos, por lo que habrá que impulsar medidas de gobernanza a nivel subnacional que permitan mejorar la actuación en estos niveles de gobierno.

 

6.    Áreas de Mejora.  

En esta sección propondré algunas medidas para mejorar  algunos aspectos de la Cadena de la Rendición de Cuentas.

Si bien tenemos un sistema de transparencia y acceso a la información ya bastante maduro a nivel federal, los demás elementos del proceso de rendición de cuentas  requieren esfuerzos de mejora. Algunos avances y áreas de oportunidad son:

6.1 . Transparencia. La reforma sobre Transparencia que está ya por ser votada  en el Congreso contempla, entre otros aspectos, el elevar a órgano constitucional autónomo al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI); aumentar el número de comisionados de cinco a siete; aumentar los sujetos obligados para incluir a sindicatos y partidos políticos que reciben recursos públicos; darle autonomía a los órganos de transparencia equivalentes de en los estados; darle al IFAI la capacidad de que pueda atraer casos de estados y municipios,  etc. Con ello se podrá seguir avanzando en la consolidación de los sistemas de transparencia en México.

6.2 .  Comparecencias. Se requiere encontrar nuevas formas de intercambio, diálogo y discusión de la actuación pública. La comparecencia de funcionarios públicos ante ciudadanos permiten informar a la opinión pública acerca de las actividades y decisiones que llevan a cabo los servidores públicos. No basta el acceso a la información o los informes que de vez en cuando algún funcionario da a la opinión pública. Se requiere de un ejercicio sistemático de comunicación e intercambio de ideas y opiniones por parte  de aquellos responsables de la operación del gobierno al nivel de lo que se conoce como titulares de las Unidades Responsables. Si bien podría parecer excesivo el número de funcionarios que tendrían que comparecer, lo cierto es que por el monto de los recursos que manejan y las decisiones que tienen que tomar al respecto resulta de la mayor importancia impulsar este tipo de ejercicios con una periodicidad de al menos cada año. Se podría argumentar en contra de este ejercicio  el que si los funcionarios tuvieran que dar cuenta de su actuación frecuentemente podría cohibir la toma de decisiones en un ambiente demandante y que requiere acciones constantes. Pero lo mismo se podría argumentar de las disposiciones de transparencia que ya existen al hacer accesible al público la información referente a la actuación de los servidores públicos y ya hemos visto que no se ha producido este efecto negativo. Lo positivo es que los funcionarios tienen que sustentar mejor sus decisiones al poder ser cuestionadas por analistas, ciudadanos, periodistas,  partidos políticos o por las instancias de fiscalización. Otro efecto positivo sería hacer más sensibles  a los funcionarios a las necesidades de la sociedad y los sectores que afectan con sus decisiones; llevarlos a  reflexionar más sobre su actuación y aprender a explicar su actuación con argumentos sólidos. No se trata que a través de esta rendición de cuentas se obstaculice el proceso de dirección, ni se intente realizar una búsqueda constante de consensos pues esto sí podría paralizar la acción de gobierno. Se trata de estimular la conducción de diálogos constructivos que enriquezcan la actuación de los funcionarios y en  donde el funcionario exponga las razones de sus  decisiones y asuma las consecuencias de sus actos.

 

6.3 .  Capacidad de análisis de la sociedad. Se requiere aumentar la capacidad de análisis de la sociedad a fin de que pueda interpretar la información que reciba a través de la transparencia y la rendición de cuentas y pueda exigir consecuencias a la actuación de los servidores públicos.  Esta tarea no es sencilla porque requiere de actores capacitados e informados para poder exigir una rendición de cuentas adecuada.

 

6.4 .  Responsabilidades de los servidores públicos. Los funcionarios deben tener un sistema claro de indicadores que midan su desempeño  y una serie de metas que deben cumplir. Los incentivos y castigos derivados de su actuación deberán ser  especificados de tal forma que haya claridad en las consecuencias de su actuación. Actualmente la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) se ha circunscrito a los hallazgos derivados de auditorías realizadas por las instancias de fiscalización, las quejas y denuncias presentadas ante los órganos internos de control  (OIC´s) o la propia Secretaría de la Función Pública y las investigaciones que en el ámbito administrativo realizan los OIC´s. El tipo de faltas que se sancionan tiene que ver en su gran mayoría con incumplimientos a las normas. Estos incumplimientos pueden ser triviales, es decir que no afectan de fondo la operación observada, o en el otro extremo, pueden comprender graves violaciones a las leyes y a la normatividad. Sin embargo se ha observado que en materia de cumplimiento de metas, objetivos y tareas encomendadas, las sanciones son mucho menores en caso de incumplimiento. Es decir que la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP)  no  considera como grave el incumplimiento de metas y  resultados. En consecuencia la mayor parte de las sanciones tienen que ver con incumplimientos a las normas, y se ha soslayado la importancia de que los servidores públicos tengan un desempeño eficaz y eficiente además de honesto. A esto hay que sumar que si bien se ha avanzado en la desregulación, tala normativa y la mejora regulatoria, aún estamos muy lejos de tener la normatividad que realmente responda al logro de los objetivos de las instituciones. Hace falta un ejercicio de alineación de normas al cumplimiento de los fines que debe perseguir la institución y que los mecanismos de control que en muchos casos impulsan las normas no sean contradictorios y obstaculicen el logro de resultados, alcanzando un balance justo para permitir operar mejor.

 

 

7.    Propuestas.

7.1.  Transparencia.

Queda aún pendiente el que el IFAI tenga la capacidad para sancionar a quienes  no acaten sus resoluciones y se podría abrir un frente contencioso al tener la posibilidad el Consejero Jurídico de la Presidencia de impugnar la apertura de información en materia de seguridad nacional. Pero la propuesta de reforma contiene aspectos muy valiosos que harán avanzar aún más los alcances en esta materia, especialmente en estados y municipios.

7.2.  Comparecencias.

Para complementar las disposiciones que ya existen en materia de comparecencia para la rendición de cuentas por parte  de funcionarios públicos propongo para el poder ejecutivo federal un esquema de comparecencias más completo con las  siguientes características:

·         Todos los funcionarios responsables de una unidad administrativa, generalmente de nivel director general hacia arriba, tendrán obligación de presentar un informe en público cada año acerca de sus actividades y actuación, presentado en foros exprofeso dentro de las propias entidades y dependencias, que se transmitan por internet y otros medios de comunicación. Tendrán audiencia en vivo y podrán ser acompañados de informes por escrito. Serán de cuando mucho dos horas de duración y una hora de preguntas y respuestas.

·         Se deberá invitar a los actores de la sociedad que tengan interés en los temas específicos, aunque serán foros abiertos a cualquier persona.

·         Los comités, consejos directivos, juntas de gobierno y demás órganos directivos o de toma de decisiones  que prevean las normas deberán tener sesiones públicas salvo en aquellos casos que se pudiera dañar el interés nacional, la información confidencial de entes privados o afectar la economía y las relaciones internacionales.

·         La Auditoría Superior de la Federación, como instancia neutral y externa al Poder Ejecutivo,  deberá tomar un papel más activo en los procesos de rendición de cuentas y ser el garante de estos foros de rendición de cuentas,  como una extensión de las facultades del Congreso de pedir cuentas a los Secretarios y titulares de empresas paraestatales. Para ello deberá formarse dentro de la propia ASF  una instancia que ayude a organizar los procesos aquí propuestos incluyendo la emisión de  lineamientos de cómo llevarlos a cabo, resuelva los aspectos no previstos y regule  todo el proceso de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal para que este proceso fluya de manera adecuada y rinda los frutos que se requieren.

7.3.  Capacidad de Análisis.

De nada sirve tener acceso a la información del desempeño de las instituciones a través de transparencia y  comparecencias si no tenemos una sociedad con capacidad de analizar y juzgar la actuación de los servidores públicos. Esta tarea no es fácil pero propongo:

·         Fomentar la creación de  ONG´s cuyo propósito sea aumentar la cultura de la rendición de cuentas entre los ciudadanos.  Esto se podría lograr con fondos federales que apoyen la creación de estas organizaciones, asegurando su solvencia intelectual e independencia al exigir que no estén asociadas a partido alguno y que los recursos otorgados no tengan condicionamientos que afecten su imparcialidad.

·         Los partidos políticos tienen una tarea relevante en fomentar  instancias de análisis y estudios que vigilen la rendición de cuentas.

·         Las instituciones de educación superior podrían ser otras instancias que contribuyan al análisis de la información para la rendición de cuentas. A través de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) y otras asociaciones de educación superior, impulsar la creación de estos centros de estudio sobre rendición de cuentas con apoyos federales.

·          El propio gobierno  podría, a través de ejercicios de lenguaje ciudadano y una mejor comunicación acerca de la naturaleza de las actividades que realiza fomentar entre los ciudadanos una mejor comprensión de la información y de la actuación gubernamental.

·         La ASF ha venido impulsando una cultura de rendición de cuentas pero quizá requiera una modificación a su marco legal para que tenga más elementos para realizar esta labor. Por ejemplo se podría formar un instituto para la rendición de cuentas  que dependa de la ASF para  impulsar y crear conciencia ciudadana sobre estos temas.

7.4.  Responsabilidades de los servidores públicos.

Por lo que respecta a mejoras en el tema de responsabilidades propongo:

·         Convertir en faltas graves aquellos incumplimientos a las fracciones del artículo 8 de la  LFRASP que se refieren a no realizar adecuadamente las funciones encomendadas desde un punto de vista de eficacia y eficiencia e inclusive adicionar algunas obligaciones en este sentido a este artículo de la Ley. Actualmente la LFRASP considera, atinadamente, como graves, aquellas conductas que pueden tipificarse como actos de corrupción. Sin embargo, hace falta también que los incumplimientos en materia de eficacia y eficiencia se sancionen como graves.

·         Impulsar la creación de la Comisión Anticorrupción como un elemento clave de la buena gobernanza y para auxiliar en la rendición de cuentas,   para combatir a aquellos funcionarios que no actúen con honestidad. La creación de esta Comisión se vuelve urgente ante la desaparición de la Secretaría de la Función Pública.

 

 

7.5.  Estados y Municipios.

En los estados y municipios estos esquemas se podrían replicar de manera similar, siendo implementadas estas propuestas a su vez por los órganos superiores de fiscalización de los estados y auxiliados por la ASF como garante de la rendición de cuentas en el país.

7.6.  Poder Legislativo.

Por lo que respecta al Poder Legislativo, es necesario que se introduzca la obligatoriedad de que sus miembros rindan informes periódicos a sus electores, incluyendo a los legisladores de representación proporcional, en la zona geográfica que les corresponda. Pero  el mayor mecanismo de rendición de cuentas que es necesario introducir es la posibilidad de reelección de tal manera que el legislador pueda medir fehacientemente  si está representando fielmente a sus electores mediante la prueba de las urnas. Esta es una tarea que está pendiente en el Congreso.

7.7.  Poder Judicial.

En cuanto al Poder Judicial es necesario que cree los mecanismos de comunicación adecuados para la rendición de cuentas que expliquen su actuación en todos los ámbitos que les compete, siempre respetando el debido proceso y el buen desarrollo de los procesos judiciales y la privacidad de las personas.

 

8.    CONCLUSIÓN

Los funcionarios públicos están obligados a cumplir con las funciones que se les han encomendado y llevar a cabo sus tareas de una manera honesta, eficaz y eficiente y en caso de no hacerlo deberán ser  sancionados según amerite el caso. Un requisito para lograr este propósito es que haya un buen esquema de gobernanza en el país. La gobernanza como la definen organismos internacionales como el Banco Mundial constituyen un elemento clave para el desarrollo de México. Parte relevante de un buen proceso de gobernanza para el país lo constituye un sistema integral de rendición de cuentas en los tres poderes y los tres órdenes de gobierno. Si bien nuestra Constitución contempla la obligatoriedad de que titulares de entidades y dependencias comparezcan ante el Congreso, esto no es suficiente ya que no extiende esta obligatoriedad a niveles inferiores del funcionariado y son insuficientes los mecanismos de rendición de cuentas en el Poder Legislativo y Judicial. Asimismo la rendición de cuentas está menos desarrollada en estados y municipios. Existen además carencias para la rendición de cuentas tales como audiencias conocedoras de los temas de la administración pública que sean capaces de analizar la información proporcionada por funcionarios  a fin de enriquecer el ejercicio de gobierno. Finalmente también deben endurecerse las sanciones a funcionarios que no cumplan con las tareas encomendadas no solo si incurren en falta de probidad sino también por no cumplir con sus tareas de manera eficaz y eficiente. Como uno de los mecanismos para rendir cuentas se propone que la ASF tome un papel más activo en foros públicos de rendición de cuentas de funcionarios del poder ejecutivo federal tanto de la administración pública centralizada como de la paraestatal, de nivel director general hacia arriba a fin de que cada año rindan cuentas de su actuación. En cuanto a estados y municipios este esquema se podría replicar de forma similar que a nivel federal. Para los poderes Legislativo y Judicial se sugiere también que se mejoren los mecanismos de rendición de cuentas.

La rendición de cuentas no es un proceso optativo sino necesario para el buen desempeño de cualquier gobierno. No sólo eso, sino que existe una correlación positiva entre mayor rendición de cuentas y un mejor desarrollo del país. Por ello es necesario que ésta y otras ideas para mejorar la rendición de cuentas se sometan a prueba y aquellas que resulten de mayor impacto se implementen en el corto plazo como factor determinante para lograr el bienestar de los mexicanos.

 

 




[1] World Bank. Glossary of Statistical Terms. Accountability Definition.
[2] “How to Improve Governance. A New Framework for Analysis and Action.” David de Feranti, Justin Jacinto, Anthony J. Ody, and Graeme Ramshaw. Brookings Institution Press. Washington D.C., 2009.
[3] Tomo 1 de la serie Cultura de la Rendición de Cuentas editado por la Auditoría Superior de la Federación

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