6 de febrero de 2015

¿QUIÉN DEBE INVESTIGAR LOS CONFLICTOS DE INTERÉS?


Por: Octavio Díaz García de León.
 @octaviodiazg

      El presidente Peña nombró Secretario de la Función Pública al Mtro. Virgilio Andrade el pasado 3 de febrero, después de dos años que el puesto estuvo vacante.  Esta Secretaría desapareció cuando se dio  la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en enero de 2013 pero se mantenía con vida gracias a un artículo transitorio de esa reforma. El subsecretario Olivas asumió las funciones de encargado del despacho y así funcionó esa Secretaría por 26 meses. Este nombramiento da indicios de que la reforma para crear al Sistema Nacional Anticorrupción (Ver artículo) se empieza a materializar, ya que uno de los elementos de la misma es  no desaparecer sino fortalecer a dicha Secretaría.

     El día que dio posesión al secretario Andrade, el presidente Peña instruyó a la  “…Secretaría de la Función Pública (SFP) que investigue y resuelva si hubo o no conflictos de interés en las obras públicas o contratos otorgados  por dependencias federales a empresas que celebraron compraventa de inmuebles con mi esposa, con el titular de la SHCP y con un servidor.” Esto con el propósito de despejar las dudas que han surgido en la prensa nacional e internacional respecto a estas operaciones.  (Ver artículo).

   El  encomendarle esa tarea al nuevo Secretario ha sido duramente cuestionado en la prensa por considerar que un subordinado difícilmente investigará a su jefe y que a su vez esa instrucción  puede representar un nuevo conflicto de interés. Gabriel Guerra, analista de Televisa,  al comentar el discurso del Presidente hizo notar que, además de darle instrucciones al Secretario para que investigara los posibles conflictos de interés,  a la vez le daba las razones por las cuales él no había incurrido en estas conductas lo cual pone en un predicamento al Secretario: tener que investigar algo sobre lo que su jefe ya le dijo que no hay nada que perseguir. 

     Mencionaba el Presidente,  con justa razón, que él no participa en los procesos de adquisiciones o de obras públicas, ni en los comités respectivos que regulan dichos procesos ya que eso lo hacen sus subordinados. Pero allí está el detalle. Sus subordinados responden a sus instrucciones. Cuando el Secretario de Comunicaciones y Transportes canceló la licitación del tren México a Querétaro dijo que lo hacía  por instrucciones del Presidente. Se puso en evidencia que las decisiones también las toma el Presidente en esas materias.

     Pero el presidente Peña está en lo correcto en el fondo del asunto. Estos casos se deben investigar para despejar cualquier duda al respecto. El problema está en que quien debió hacerlo desde hace tiempo ha sido totalmente omiso. Me refiero al Congreso Federal quien debió instaurar una comisión investigadora que aclarara si hubo o no conflictos de interés. Para eso existe la división de poderes: para que el Poder Legislativo actúe como contrapeso del Poder Ejecutivo. Debido a  esta omisión,  al Presidente no le ha quedado más que ordenar a la Secretaría de la Función Pública que investigue dichos casos.

     El conflicto de interés está tipificado en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en el artículo 8 fracción XII y el incurrir en esa conducta se tipifica como falta administrativa grave; sin embargo de acuerdo al Art. 108 Constitucional tratándose del Presidente solo se le puede acusar  por traición a la Patria o delito grave de orden común. En el caso de secretarios de despacho, según mi interpretación, no habría impedimento para instaurar un proceso de responsabilidades administrativas en caso de que se contara con elementos. 

     Así que de darse una investigación sobre conflicto de interés no habría consecuencias legales en el caso del Presidente y en el caso de algún secretario, de ser encontrado responsable,  probablemente la sanción sería leve. ¿Vale la pena entonces realizar la investigación? El marco legal que existe en materia de conflicto de interés es insuficiente para que tenga algún efecto disuasivo o correctivo. Esto y la ausencia de organismos autónomos que puedan investigar estos casos junto con la reticencia del Congreso a intervenir, nos hace pensar que el asunto no llegará muy lejos y permanecerá la impresión negativa en la opinión pública.

     Hay otras consideraciones a tomar en cuenta (Ver artículo). Los funcionarios públicos deben ser muy cuidadosos en sus relaciones con empresarios. La publicación de la manifestación de interés podría ser un buen primer paso para que los funcionarios de alto nivel se abstengan de intervenir para favorecer a empresas de amigos.  Esto plantea también cambiar el paradigma al que algunos empresarios están acostumbrados: ganan contratos con el gobierno en base a sus relaciones y no gracias a que son competitivos sus productos y servicios. 

     Creo que es muy loable que el Presidente quiera aclarar estos temas que han  afectado la imagen de su gobierno. Independientemente de lo que pueda hacer el nuevo Secretario de la Función Pública respecto a esta tarea, no hay que perder de vista que  la función de la SFP  va más allá de estos casos  y su labor será de mayor  trascendencia al encabezar un esfuerzo renovado en el tema de combate a la corrupción mediante  la mejora del control interno y la prevención de actos de corrupción. Por otra parte hace falta que el Congreso haga su tarea fortaleciendo el marco legal y no dejando en manos del Poder Ejecutivo el investigarse a sí mismo.

________________________________________________________________

http://octaviodiazgl.blogspot.mx/                    Correo: odiazgl@gmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario