Por:
Octavio Díaz García de León.
@octaviodiazg
El
presidente Peña nombró Secretario de la Función Pública al Mtro. Virgilio
Andrade el pasado 3 de febrero, después de dos años que el puesto estuvo
vacante. Esta Secretaría desapareció cuando
se dio la reforma a la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal en enero de 2013 pero se mantenía con vida
gracias a un artículo transitorio de esa reforma. El subsecretario Olivas
asumió las funciones de encargado del despacho y así funcionó esa Secretaría
por 26 meses. Este nombramiento da indicios de que la reforma para crear al
Sistema Nacional Anticorrupción (Ver artículo) se empieza a materializar, ya que
uno de los elementos de la misma es no
desaparecer sino fortalecer a dicha Secretaría.
El
día que dio posesión al secretario Andrade, el presidente Peña instruyó a la “…Secretaría de la Función Pública (SFP) que
investigue y resuelva si hubo o no conflictos de interés en las obras públicas
o contratos otorgados por dependencias federales a empresas que celebraron
compraventa de inmuebles con mi esposa, con el titular de la SHCP y con un
servidor.” Esto
con el propósito de despejar las dudas que han surgido en la prensa nacional e
internacional respecto a estas operaciones.
(Ver artículo).
El
encomendarle esa tarea al nuevo Secretario
ha sido duramente cuestionado en la prensa por considerar que un subordinado
difícilmente investigará a su jefe y que a su vez esa instrucción puede representar un nuevo conflicto de
interés. Gabriel Guerra, analista de Televisa, al comentar el discurso del Presidente hizo
notar que, además de darle instrucciones al Secretario para que investigara los
posibles conflictos de interés, a la vez
le daba las razones por las cuales él no había incurrido en estas conductas lo
cual pone en un predicamento al Secretario: tener que investigar algo sobre lo
que su jefe ya le dijo que no hay nada que perseguir.
Mencionaba el Presidente, con justa razón, que él no participa en los
procesos de adquisiciones o de obras públicas, ni en los comités respectivos
que regulan dichos procesos ya que eso lo hacen sus subordinados. Pero allí
está el detalle. Sus subordinados responden a sus instrucciones. Cuando el
Secretario de Comunicaciones y Transportes canceló la licitación del tren
México a Querétaro dijo que lo hacía por
instrucciones del Presidente. Se puso en evidencia que las decisiones también
las toma el Presidente en esas materias.
Pero
el presidente Peña está en lo correcto en el fondo del asunto. Estos casos se
deben investigar para despejar cualquier duda al respecto. El problema está en
que quien debió hacerlo desde hace tiempo ha sido totalmente omiso. Me refiero
al Congreso Federal quien debió instaurar una comisión investigadora que
aclarara si hubo o no conflictos de interés. Para eso existe la división de
poderes: para que el Poder Legislativo actúe como contrapeso del Poder Ejecutivo.
Debido a esta omisión, al Presidente no le ha quedado más que ordenar
a la Secretaría de la Función Pública que investigue dichos casos.
El
conflicto de interés está tipificado en la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos en el artículo 8 fracción XII y el
incurrir en esa conducta se tipifica como falta administrativa grave;
sin embargo de acuerdo al Art. 108 Constitucional tratándose del Presidente solo
se le puede acusar por traición a la
Patria o delito grave de orden común. En el caso de secretarios de despacho,
según mi interpretación, no habría impedimento para instaurar un proceso de
responsabilidades administrativas en caso de que se contara con elementos.
Así
que de darse una investigación sobre conflicto de interés no habría
consecuencias legales en el caso del Presidente y en el caso de algún
secretario, de ser encontrado responsable,
probablemente la sanción sería leve. ¿Vale la pena entonces realizar la
investigación? El marco legal que existe en materia de conflicto de interés es
insuficiente para que tenga algún efecto disuasivo o correctivo. Esto y la
ausencia de organismos autónomos que puedan investigar estos casos junto con la
reticencia del Congreso a intervenir, nos hace pensar que el asunto no llegará
muy lejos y permanecerá la impresión negativa en la opinión pública.
Hay
otras consideraciones a tomar en cuenta (Ver artículo). Los funcionarios públicos deben ser
muy cuidadosos en sus relaciones con empresarios. La publicación de la
manifestación de interés podría ser un buen primer paso para que los funcionarios
de alto nivel se abstengan de intervenir para favorecer a empresas de amigos. Esto plantea también cambiar el paradigma al que
algunos empresarios están acostumbrados: ganan contratos con el gobierno en
base a sus relaciones y no gracias a que son competitivos sus productos y
servicios.
Creo
que es muy loable que el Presidente quiera aclarar estos temas que han afectado la imagen de su gobierno.
Independientemente de lo que pueda hacer el nuevo Secretario de la Función
Pública respecto a esta tarea, no hay que perder de vista que la función de la SFP va más allá de estos casos y su labor será de mayor trascendencia al encabezar un esfuerzo
renovado en el tema de combate a la corrupción mediante la mejora del control interno y la prevención
de actos de corrupción. Por otra parte hace falta que el Congreso haga su tarea
fortaleciendo el marco legal y no dejando en manos del Poder Ejecutivo el
investigarse a sí mismo.
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