10 de julio de 2023

ABUSOS EN TRANSPARENCIA

 

Por: Octavio Díaz García de León


   Las leyes de transparencia que se han promulgado en nuestro país son de vanguardia y permiten a los mexicanos acceder a prácticamente toda la información que se genera dentro del gobierno. También se puede solicitar a sindicatos y partidos políticos y, en general, a cualquier institución u organización que reciba recursos públicos. Pero gracias a la generosidad de estas leyes, también ha habido abusos.

   El derecho de todos los mexicanos al acceso a la información pública está protegido por órganos autónomos estatales y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), éste último bajo grave acoso por parte del Congreso y la presidencia de la República, al habérsele dejado casi inoperante por no haber nombrado a tres de los siete comisionados de este Instituto.

   Estos órganos garantes están para que al ciudadano al que se le niegue información, tenga a quien recurrir para impugnar la decisión del sujeto obligado de no querer entregarla y, en su caso, obligarlo a que lo haga.

   La transparencia ha tenido una gran utilidad, en especial para académicos y periodistas que han podido realizar investigaciones de gran valor que van desde descubrir actos de corrupción hasta estudiar el funcionamiento del gobierno. Pero también para el ciudadano común y corriente que pide acceso a su expediente médico o algún otro documento en posesión del Estado que le es de utilidad.

   La Ley de Transparencia es muy generosa pues, para solicitar información,  pudiendo pedir lo que quiera sin importar su identidad, nacionalidad, edad,  propósito para el que desea la información o si tiene interés jurídico alguno.

  Los sujetos obligados deben atender estas solicitudes,  entregando los documentos públicos que se les soliciten, y para ello tienen que mantener estructuras humanas y tecnológicas para cumplir con dichas obligaciones. En algunas instituciones el costo asociado con este aparato de atención a la transparencia puede ser significativo. Más allá de las personas de tiempo completo que atienden las solicitudes, también se invierte tiempo y recursos de las áreas de las instituciones que tienen que responder.  

  Desafortunadamente, esta generosidad de la Ley de Transparencia se presta también a abusos. No solo por la cantidad descomunal de información que en ocasiones se llega a solicitar sin saber si va a servir para algo, o simplemente por tratarse de un ataque disfrazado a las instituciones, las cuales se pueden ver abrumadas por solicitudes de información y excedidas en su capacidad de atención.

   Los hackers informáticos aplican estos métodos cuando bombardean a un sitio de internet con enormes cantidades de solicitudes de acceso hasta que se colapsa.  Estos ataques se llaman de denegación de servicio.  Algo similar puede ocurrir con las solicitudes de información a los sujetos obligados.

  Algunas personas malintencionadas usan a las solicitudes de información como una forma de ataque. Lo hacen por venganzas laborales, políticas o personales. También se disfrazan de solicitudes de información, ataques personales, ya que estas solicitudes, al ser públicas, pueden dañar la reputación de los atacados.

   Para esta problemática que sufren algunas instituciones, no hay mucho margen de defensa. Aunque los organismos garantes han establecido criterios que evitan atender solicitudes irrazonables como puede ser, por ejemplo, “Entréguenme de manera impresa todos los correos electrónicos de la institución de los últimos 5 años”, existen otros casos en que la cantidad de trabajo que se requiere para atender algunas solicitudes de información, resulta onerosa para los sujetos obligados. 

   Este problema se podría resolver si, para ciertas solicitudes de información, los sujetos obligados pudieran denunciarlas como maliciosas ante los órganos garantes. Estos analizarían la viabilidad de la solicitud y los argumentos del sujeto obligado y, de proceder la petición, podrían pedir que el solicitante de la información se identificara  para luego validar su solicitud bajo ciertos criterios que legitimen la petición.  

   Esto no inhibiría las solicitudes de personas que temen represalias de las instituciones,  pues su identidad quedaría bajo resguardo del órgano garante,  pero el sujeto obligado sabría que es una solicitud legítima.

    Se ha cuestionado el valor de la transparencia y lo poco extendido que está su uso en la mayor parte de la sociedad. Uno de los señalamientos puede ser lo caro que les resulta a todos los sujetos obligados mantener este aparato de atención a peticiones de información,  en términos de recursos humanos, materiales y de tiempo de las personas que atienden las solicitudes, lo cual puede ser exacerbado por peticiones que no tienen legitimidad.

   Para eficientar el uso de los recursos dedicados a la transparencia, sería conveniente, ya sea modificar la Ley, o diseñar mecanismos que acoten el abuso. No se trata de coartar el derecho al acceso a la información pública, sino hacer más eficiente y útil para los sujetos obligados y para la sociedad, el ejercicio de esta obligación y este derecho, respectivamente, en bien de la transparencia.

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