6 de septiembre de 2014

PENDIENTES EN TRANSPARENCIA



POR: OCTAVIO DÍAZ GARCÍA DE LEÓN
Twitter: @octaviodiazg

     Tuve la oportunidad de asistir al “Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2014, Perspectiva y Desafío de la Reforma Constitucional” organizado por el Poder Judicial de la Federación. La organización y las presentaciones fueron reflejo del excelente trabajo de los organizadores, en especial del Coordinador de Información, Documentación y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Lic. Agustín Millán. En el seminario se plantearon los retos que enfrenta el Poder Judicial en materia de transparencia y se discutieron las recientes reformas a la Constitución en este ámbito.

      El  acceso a la información  es uno de los derechos humanos garantizados por nuestra Constitución.  Si bien se consagró este derecho en ella desde 1977, no fue hasta que se promulga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en 2002 y se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI),  que  los mexicanos pueden tener acceso a la  información que genera el  gobierno. Con la reforma constitucional del 7 de febrero de 2014  se dan los avances más recientes en la materia. El derecho de  acceso a la información no solo es importante por garantizarse como derecho fundamental sino también es una gran herramienta para el combate a la corrupción. 

      Como lo he escrito anteriormente en esta columna, varios conceptos se entrelazan: se requiere que haya acceso a la información para que haya transparencia; se requiere que haya transparencia para poder acceder a una buena rendición de cuentas y todos estos elementos coadyuvan en el combate a la corrupción.

      Para la sociedad mexicana existen tres grandes preocupaciones hoy en día: el crecimiento económico para que genere empleos y bienestar; la seguridad pública y la impartición de justicia que proteja el patrimonio y la integridad física de las personas; y el combate a la corrupción que es un cáncer que carcome a la sociedad mexicana. Por ello, la reforma al Artículo Sexto Constitucional del pasado 7 de febrero de 2014 y la reforma que cree a la Comisión Nacional Anticorrupción  serán elementos que permitan combatir la corrupción de manera más eficaz. 
     
      La reforma de febrero  le dio autonomía al IFAI y fueron nombrados 7 comisionados para encabezar este nuevo organismo, el cual incluso podrá cambiar de  nombre. Aunque los comisionados ya fueron nombrados por el Presidente y ratificados por el Senado en mayo de este año,  se dio un plazo de un año para redactar y aprobar la Ley secundaria respectiva.

     Existen cuatro vertientes que deberán ser consideradas en las  leyes secundarias:

Acceso a la información pública gubernamental. Lo fundamental de las reformas constitucionales de febrero de este año es: el número de sujetos obligados se amplia para incluir a los tres poderes, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos y cualquier persona física, moral o sindicato  que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los tres órdenes de gobierno, con excepción de asuntos jurisdiccionales que correspondan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación; las resoluciones del IFAI son ya vinculatorias, definitivas e inatacables; se crean organismos garantes de este derecho en las entidades federativas que tendrán plena autonomía; también habrá la posibilidad de que el IFAI pueda atraer casos que lo ameriten por su interés y trascendencia y además se convierte en órgano de apelación para los ciudadanos ante la decisión de los organismos de las entidades federativas. La ley secundaria deberá especificar claramente como se ejercerán estas nuevas atribuciones y un aspecto que deberá ser contemplado en dicha ley es la posibilidad de que los órganos garantes puedan imponer sanciones por el incumplimiento a sus resoluciones.

Archivos. Los archivos son un elemento clave para la transparencia. El acceso al quehacer gubernamental debe quedar plasmado en documentos. Hoy en día las nuevas tecnologías como el correo electrónico y los teléfonos “inteligentes” plantean un reto porque muchas instrucciones se cursan por estos medios y no hay una buena regulación que permita que se registre esta información y que quede documentada. Otros temas ya propiamente del manejo de los archivos de  papel son como están organizados, clasificados y como se puede acceder a ellos de manera mas eficiente. Por ello hacen falta modificaciones a la actual Ley Federal de Archivos.

Protección de Datos Personales. El artículo 16 de la Constitución garantiza la protección de datos personales, el acceso, la rectificación y cancelación de los mismos así como manifestar su oposición (Derechos ARCO). La transparencia tiene límites en cuanto que no se pueden afectar el derecho a la intimidad y la privacidad y por lo tanto la ley secundaria en la materia debe establecer con claridad estos límites y cómo manejar esta información.

Secretos de Estado.  Si bien los expertos no han considerado esta vertiente, considero que  hace falta una Ley de Secretos de Estado  que limite el acceso a la información en materia de Seguridad Nacional. La actual Ley de Seguridad Nacional, si bien habla del tema,  lo hace de manera muy general. Esta nueva Ley deberá incluir también regulaciones acerca de qué personas pueden acceder a dichos secretos, que verificación se debe hacer de esas personas, establecer niveles de secretos y niveles de acceso a dicha información e incluir temas de ciberseguridad de la información entre otros.

Estos son los pendientes que antes de febrero deberán quedar plasmados en la legislación respectiva. Lo que sigue será lo más difícil: que la Ley se cumpla y las instituciones funcionen bien para garantizar estos derechos.

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