POR:
OCTAVIO DÍAZ GARCÍA DE LEÓN
Twitter:
@octaviodiazg
Tuve
la oportunidad de asistir al “Seminario Internacional de Transparencia Judicial
2014, Perspectiva y Desafío de la Reforma Constitucional” organizado por el
Poder Judicial de la Federación. La organización y las presentaciones fueron
reflejo del excelente trabajo de los organizadores, en especial del Coordinador
de Información, Documentación y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, Lic. Agustín Millán. En el seminario se plantearon
los retos que enfrenta el Poder Judicial en materia de transparencia y se
discutieron las recientes reformas a la Constitución en este ámbito.
El
acceso a la información es uno de los derechos humanos garantizados
por nuestra Constitución. Si bien se
consagró este derecho en ella desde 1977, no fue hasta que se promulga la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en
2002 y se crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), que los
mexicanos pueden tener acceso a la información que genera el gobierno. Con la reforma constitucional del 7
de febrero de 2014 se dan los avances más
recientes en la materia. El derecho de
acceso a la información no solo es importante por garantizarse como
derecho fundamental sino también es una gran herramienta para el combate a la
corrupción.
Como lo he escrito anteriormente en esta columna, varios conceptos
se entrelazan: se requiere que haya acceso a la información para que haya
transparencia; se requiere que haya transparencia para poder acceder a una
buena rendición de cuentas y todos estos elementos coadyuvan en el combate a la
corrupción.
Para
la sociedad mexicana existen tres grandes preocupaciones hoy en día: el
crecimiento económico para que genere empleos y bienestar; la seguridad pública
y la impartición de justicia que proteja el patrimonio y la integridad física
de las personas; y el combate a la corrupción que es un cáncer que carcome a la
sociedad mexicana. Por ello, la reforma al Artículo Sexto Constitucional del
pasado 7 de febrero de 2014 y la reforma que cree a la Comisión Nacional
Anticorrupción serán elementos que
permitan combatir la corrupción de manera más eficaz.
La reforma de febrero le dio autonomía al IFAI y fueron nombrados 7 comisionados
para encabezar este nuevo organismo, el cual incluso podrá cambiar de nombre. Aunque los comisionados ya fueron nombrados
por el Presidente y ratificados por el Senado en mayo de este año, se dio un plazo de un año para redactar y
aprobar la Ley secundaria respectiva.
Existen
cuatro vertientes que deberán ser consideradas en las leyes secundarias:
Acceso a la información pública
gubernamental. Lo
fundamental de las reformas constitucionales de febrero de este año es: el
número de sujetos obligados se amplia para incluir a los tres poderes, órganos
autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos y cualquier persona
física, moral o sindicato que reciba y
ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los tres órdenes de
gobierno, con excepción de asuntos jurisdiccionales que correspondan a la
Suprema Corte de Justicia de la Nación; las resoluciones del IFAI son ya
vinculatorias, definitivas e inatacables; se crean organismos garantes de este
derecho en las entidades federativas que tendrán plena autonomía; también habrá
la posibilidad de que el IFAI pueda atraer casos que lo ameriten por su interés
y trascendencia y además se convierte en órgano de apelación para los ciudadanos
ante la decisión de los organismos de las entidades federativas. La ley
secundaria deberá especificar claramente como se ejercerán estas nuevas
atribuciones y un aspecto que deberá ser contemplado en dicha ley es la posibilidad
de que los órganos garantes puedan imponer sanciones por el incumplimiento a
sus resoluciones.
Archivos. Los archivos son un elemento clave
para la transparencia. El acceso al quehacer gubernamental debe quedar plasmado
en documentos. Hoy en día las nuevas tecnologías como el correo electrónico y
los teléfonos “inteligentes” plantean un reto porque muchas instrucciones se
cursan por estos medios y no hay una buena regulación que permita que se registre
esta información y que quede documentada. Otros temas ya propiamente del manejo
de los archivos de papel son como están organizados,
clasificados y como se puede acceder a ellos de manera mas eficiente. Por ello
hacen falta modificaciones a la actual Ley Federal de Archivos.
Protección de Datos Personales. El artículo 16 de la Constitución
garantiza la protección de datos personales, el acceso, la rectificación y
cancelación de los mismos así como manifestar su oposición (Derechos ARCO). La transparencia
tiene límites en cuanto que no se pueden afectar el derecho a la intimidad y la
privacidad y por lo tanto la ley secundaria en la materia debe establecer con
claridad estos límites y cómo manejar esta información.
Secretos de Estado.
Si bien los expertos no han considerado esta vertiente, considero que hace falta una Ley de Secretos de Estado que limite el acceso a la información en
materia de Seguridad Nacional. La actual Ley de Seguridad Nacional, si bien
habla del tema, lo hace de manera muy
general. Esta nueva Ley deberá incluir también regulaciones acerca de qué
personas pueden acceder a dichos secretos, que verificación se debe hacer de
esas personas, establecer niveles de secretos y niveles de acceso a dicha
información e incluir temas de ciberseguridad de la información entre otros.
Estos
son los pendientes que antes de febrero deberán quedar plasmados en la
legislación respectiva. Lo que sigue será lo más difícil: que la Ley se cumpla
y las instituciones funcionen bien para garantizar estos derechos.
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Blog: octaviodiazgl.blogspot.com Correo: odiazgl@gmail.com
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